Este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL N° 1: ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTA DE PRESENTACIÓN PERIÓDICA CADA OCHO DÍAZ y PROHIBICIÓN DE ACERCARSE AL LUGAR DE LOS HECHOS Y A LA VÍCTIMA de conformidad con los artículos 256 ordinal 3 Y 6º todos del código orgánico procesal penal, al imputado JHONNY RAFAEL RIVAS SILVA, venezolano, titular de la cédula de identidad N°V-15.492.199, de 23 años de edad, FN 31-03.81, soltero, profesión u oficio estudiante, residenciado en el sector 02, calle 10, casa Nro.07 de la Urb. Gonzalo Barrios de Acarigua Estado Portuguesa. Por estar presuntamente incurso en la comisión de los delitos de, ROBO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA previsto y sancionado en los artículos 460, y 80 del código penal. En perjuicio de los ciudadanos Víctor Alexander Gómez Escobar e Hipólito Ramón Gómez. Se ordena boleta de salida. Vencido el lapso correspo.....