Este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CATATUMBO Y JESÚS MARÍA SEMPRÚN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, actuando como JUZGADO DE CONTROL DEL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, procedió a emitir los pronunciamientos en los términos siguientes: PRIMERO: Se admite la Acusación presentada por el Ministerio Publico en contra del adolescente XXXXXXX LUGO RODRIGUEZ, venezolano, menor edad, soltero, de 16 años de edad, fecha de nacimiento 05-08-1994, portador de la Cedula de Identidad Nº V- 24.752.751, residenciado en la Urbanización las Madrinas, (INAVI), vereda Nº 3, Casa Nº 8, Población de Encontrados, Municipio Catatumbo del Estado Zulia, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES GRAVES Previsto y sancionado en el articulo 415 del Código Penal Venezolano. SEGUNDO: Se admiten totalmente las Pruebas ofrecidas por el fiscal del Ministerio Publico tanto las testimoniales como las documentales y periciales , que aparec.....