DISPOSITIVA
Por todas las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicias en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se dicta el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ABOGADO LUCILO ANTONIO TORRES ALEJOS, en su carácter de Defensor Privado del ciudadano JHONNY MARIO ZANARDO MASUZZO; y SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión dictada y publicada en fecha 11 de octubre de 2013, por el Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua.
Publíquese, regístrese, déjese copia y remítase las presentes actuaciones al Tribunal de procedencia en la oportunidad de ley.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Audiencia de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circuns.....