D I S P O S I T I V A
Con base a los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio formulada por los ciudadanos YSBELIS MARGARITA BERASTEGUI MEDINA y EDUARDO JOSÉ GARCIA GALINDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-11.549.566 y V-4.198.804, respectivamente domiciliada en el Barrio America, Acarigua y el segundo en Los Robles, estado Portuguesa, debidamente asistidos por el abogado JOSÉ SILVA, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 315.004 y adscrito a la Unidad Regional de la Defensa Pública con competencia Ampliada, con ocasión a la Jornada del Tribunal Supremo de Justicia, de conformidad con el criterio sostenido en la sentencia N° 1070 dictada po.....