1.- LA INCOMPETENCIA POR LA MATERIA de la demanda incoada por la Abogada Claudia Avila Bermúdez, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad N° 12.872.637, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 99.807, en su condición de apoderada judicial del ciudadano JESUS RAFAEL AVILA RIERA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 3.777.095, en contra de la empresa VENEZOLANA DEL NITROGENO (NITROVEN), la cual posteriormente fue sustituida por PETROQUIMICA DE VENEZUELA S.A. (PEQUIVEN), en la persona del ciudadano GIVANY BRITO, en su carácter de Gerente de dicha empresa por COBRO DE CONCEPTOS LABORALES.