DISPOSITIVO
Visto el anterior acuerdo, el Tribunal con fundamento en que la mediación ha sido positiva y observando que los apoderados de las partes tienen plenas facultades para transigir; de conformidad con lo previsto en el artículo 133, de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con lo dispuesto en los artículos: 1.713 y 1.718, del Código Civil; 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras; así como en lo previsto en los artículos: 10 y 11, de su Reglamento; verificando que dicho acuerdo no vulnera derechos irrenunciables de la trabajadora, ni normas de orden público; en nombre de a República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Homologa El Acuerdo Transaccional celebrado por las partes, lo declara firme y con efectos de Cosa Juzgada. Asimismo, el tribunal deja constancia de la devolución en este acto de los medios prueba promovidos por las partes en la Audiencia Preliminar. En virtud que el juicio ha concluido se ordena el cie.....