Es por estos razonamientos, que este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el procedimiento iniciado por demanda de cumplimiento de contrato intentada por FRAN REINALDO MANZANO MUÑOZ ya identificado, contra "GRUPO COSACA DE VENEZUELA".