¿SE REVOCA POR CONTRARIO IMPERIO, el auto de fecha 25 de enero de 2005 en el que se fijó para el segundo día siguiente a la notificación de la parte demandada para el nombramiento de los expertos contables, se REVOCA igualmente el nombramiento de expertos realizado el 9 de febrero de 2005 y SE NIEGA la solicitud de la representación judicial de la parte demandada, para que los intereses de mora sean calculados por el Tribunal.