Por los fundamentos expuestos, este Juzgado del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara LA FALTA DE JURISDICCION DEL PODER JUDICIAL CON RESPECTO DE LA ADMINISTRACCION PUBLICA, en la solicitud de INSERCION DE ACTA DE NACIMIENTO formulada por la ciudadana María Gallardo, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° 6.680.929.
Se ordena remitir en consulta la presente decisión a la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, tal y como lo establecen los artículos 59 y 62 del Código de Procedimiento Civil, suspendiéndose el presente proceso.
Publíquese, Regístrese, y déjese copia certificada.
Dada, sellada y firmada en la sala del Juzgado del Municipio Sucre del Primer Circuito Judicial del Estado Portuguesa. En Biscucuy a los catorce (14) días del mes de mayo.....