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Decisiones del dia 14/06/2013

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado del Municipio Ospino
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 1262-2013 N° Sentencia : 599 Fecha: 14/06/2013
Procedimiento:
Divorcio (Artículo 185 - A Del Código Civil)
Partes:
LUIS BELTRAN ESCALONA ORTIZ Y LIBRADA MARGARITA COLMENAREZ,
Resumen:
DISPOSITIVA Es por estos razonamientos, que este Juzgado del Municipio Ospino del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, DECLARA CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por LUIS BELTRAN ESCALONA ORTIZ Y LIBRADA MARGARITA COLMENAREZ, titulares de la Cédula de Identidad Nº V-11.546.385 y V-11.399.780, venezolanos, mayores de edad, domiciliados ambos en el Municipio Ospino Edo. Portuguesa.-, ya identificados y disuelto en consecuencia el matrimonio por ellos contraído el 25 de Febrero del 1986, ante el Registro civil del Municipio Ospino según acta Nº 22. ASI SE DECIDE.- Expídase a las partes copia certificada de la presente sentencia. Ofíciese al Registro Civil del municipio Ospino, así como el Registrador Principal del Estado Portuguesa de la presente sentencia una vez que quede firme, anexándole copia certificadas de la misma, a los fines de que estampen la correspondiente nota.....
Juez/Ponente:
Yudith Reverol Pocaterra
Organo:
Juzgado del Municipio Ospino
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N° Expediente : 1259-2013 N° Sentencia : 598 Fecha: 14/06/2013
Procedimiento:
Divorcio (Artículo 185 - A Del Código Civil)
Partes:
YNES DARIO LOZADA Y JOSEFINA DEL CARMEN MEJIAS DE LOZADA
Resumen:
DISPOSITIVA Es por estos razonamientos, que este Juzgado del Municipio Ospino del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, DECLARA CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por YNES DARIO LOZADA Y JOSEFINA DEL CARMEN MEJIAS DE LOZADA, ya identificados y disuelto en consecuencia el matrimonio por ellos contraído el 06 de Marzo del 1982, ante el Registro civil del Municipio Ospino según acta Nº 16. ASI SE DECIDE.- Expídase a las partes copia certificada de la presente sentencia. Ofíciese al Registro Civil del municipio Ospino, así como el Registrador Principal del Estado Portuguesa de la presente sentencia una vez que quede firme, anexándole copia certificadas de la misma, a los fines de que estampen la correspondiente nota marginal. Para la obtención de los fotostatos se autoriza al Secretario de este Juzgado, quien la certificara con su firma, de conformidad con el artículo 112 del Có.....
Juez/Ponente:
Yudith Reverol Pocaterra
Organo:
Juzgado del Municipio Ospino
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