En el día hábil de hoy, 14 de Agosto de 2006, siendo las 1:24 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen el ciudadano SERGIO BARBOZA y SERENOS METROPOLITANOS OCCIDENTES, C.A. en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, debidamente asistidos por la abogada Iris Llanos Tapia asistiendo al demandante y el abogado Edilio Medina en representación de la demandada, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo la demandada le cancelará a el demandante la cantidad de ocho millones de bolívares (Bs. 8.000.000,00). Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES.