Para la ejecución de la Medida Provisional, se acuerda el traslado del Tribunal al hogar de la ciudadana MARIA FILOMENA COLMENARES ESCALONA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.401.599, residenciada en la Urbanización La Granja, primera entrada, primer estacionamiento al lado izquierdo en la ciudad de Guanare, Jurisdicción del Municipio Guanare del estado Portuguesa, a los fines de practicar la restitución de la adolescente en cuestión.
En consecuencia, líbrese boleta de citación a la demandada, boleta de notificación a la Fiscal Cuarto del Ministerio Público.