En este sentido tal desistimiento solo abarca el desistimiento del procedimiento, que solo envuelve la extinción de la instancia, sin trastocar el derecho de acción, por tanto, este Órgano jurisdiccional al evidenciar que la manifestación del apoderado judicial del actor (quien cuenta con plenas facultades) de desistir del procedimiento, cumple con los extremos legales, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, hecho por el ciudadano Henrry José Perez Rodríguez, titular de la Cedula de Identidad Nº 16.191.346, a través de su abogado Erslandy Duran, inscrito en el I.P.S.A. bajo el número 134.163, en la presente causa, llevada contra la empresa denominada Serigraphic’s Rotulados, inscrita en el Registro Mercantil Primero del Municipio Guanare del estado Portuguesa en fecha 20 de julio de 2005, en consecuencia, déjese transcurrir los lapsos de Ley correspondientes.
Dada, firmada y sellada en la sala de .....