SEGUNDO
Por los motivos expuestos este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA SECCIÓN ADOLESCENTE, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, de la causa seguida en contra del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, de conformidad con lo establecido en el articulo 568 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por considerar CUMPLIDAS las obligaciones acordadas en la Audiencia de fecha 30 de Agosto del 2004. Notifique a la victima de la presente decisión.
En la ciudad de Guanare, a los Quince (15) días del mes de Marzo del 2005.-
La Juez de Control No 1.
Abg. JULET VALERA DE RIVAS.
El Secretario,
Abg. JUAN SALVADOR PÁEZ GARCIA.