Seguidamente el ciudadano: JESUS ENRIQUE JUAREZ MONTILLA, estuvo de acuerdo en pasarle la cantidad de trescientos bolívares (Bs. 300,oo) mensuales y el doble en el mes de diciembre para gastos decembrinos y con respectos a los gastos de consultas medicas y medicamentos el 50% de los gastos para ambas partes; y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio de conformidad con el artículo 516 de la Ley Orgánica de Protección del Niño, Niña y del Adolescente, no vulnera los derechos del niño, el Tribunal le imparte su Homologación, de conformidad con lo establecido en el artículo 317 de la mencionada Ley, en concordancia con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.
La Jueza,
Abg. Thayrhayr Sáez de Oliveros
El Secretario,
Abg. Juan Bautista Manzanilla Duran
Naileth Orellana