Por recibida la solicitud mediante oficio numero 785, emanada de la Fiscalía Quinta del Ministerio Público, donde solicita que le sea designado un Defensor Público de conformidad con lo establecido en el artículo 654 literal ¿c¿ y 656 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, al adolescente identidad omitida; este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 552 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, acuerda, designarle un Defensor Público Especializado en Materia Penal de Responsabilidad del Adolescente; a tal efecto ofíciese lo conducente.
LA JUEZ DE CONTROL N° 2,
ABG. ZORAIDA GRATEROL DE URBINA
LA SECRETARIA
Abg. ZHANDRA DIAZ