En fuerzas de las consideraciones expuestas, este Tribunal Segundo del Municipio Páez del Segundo Circuito del Estado Portuguesa administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara: CON LUGAR, la acción de Resolución de Contrato de Arrendamiento, interpuesta por la ciudadana FANNY BONILLA MENDOZA, identificada en autos, Apoderada Judicial de los ciudadanos RAFAEL ENRIQUE CASAL HEREDIA, HUMBERTO CASAL HEREDIA, JOSE RAFAEL CASAL HEREDIA, JOSE ALBERTO CASAL HEREDIA Y CARMEN HEREDIA DE CASAL, ya identificados, contra la ciudadana KATTY YELITZA HERRERA NIEVES, plenamente identificada, representada por su Apoderada Judicial AURA MERCEDES PIERUZZINI RIVERO, ya identificada. En consecuencia, se declara extinguido el vínculo jurídico legal arrendaticio que unió a las partes, y como consecuencia lógica, se acuerda la entrega total del inmueble suficientemente identificado en autos al arrendador.
Se condena a la Arrendataria al pa.....