En éste estado el tribunal oída la manifestación de la demandada que le de oportunidad para retirar del inmueble sus pertenencias voluntariamente, es por lo que, éste tribunal le concede el lapso de 24 horas a los fines que retire sus enseres procediendo en éste acto a ser entrega del inmueble al Abogado Cergio Cuevas, antes identificado, quien manifestó recibirlo conforme en nombre de su representado, todo ello, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y, con la facultad conferida por el Tribunal Comitente. Seguidamente el tribunal le hace la advertencia a la ciudadana Luz Dary García, que el lapso es para que retire de forma voluntaria sus enseres por cuanto hay aires acondicionados-split, que deben ser desmontados y requieren tiempo y técnicos, tiempo éste que vencerá el día de mañana a las 9.00 de la mañana, indicándole igualmente que pueden en el día de hoy, hasta la 4: 30 de la tarde entregar la llave voluntariamente al tribunal dando .....