DISPOSITIVA
En base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este TRIBUNAL DE JUICIO DEL SISTEMA PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO PORTUGUESA. EXTENSION ACARIGUA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA por el procedimiento especial de Admisión de los Hechos, establecido en los artículos 583 y 624 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, al adolescente IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY, , por resultar responsable en la comisión de los delitos de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES LEVES, previsto en el articulo 416 del Código Penal en perjuicio de PEDRO JOSE MORILLO, Y VIOLENCIA FISICA, previsto en el articulo 42 de La Ley Orgánica Sobre El Derecho De Las Mujeres A Una Vida Libre De Violencia en perjuicio de ZULY DEL CARMEN MORILLO COLMENAREZ, a cumplir la sanción.....