¿y correspondiendo lo pactado en la transacción a intereses disponibles de carácter privado, sin que el orden público se vea afectado de manera alguna, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley imparte la homologación a dicha transacción.