Con base a todos lo razonamientos de hecho y derecho que han sido expresado en la parte motiva del presente fallo este JUZGADO DÉCIMO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley declara: PRIMERO: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano FREDDY JOSE BLANCO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de identidad No. 3.473.912, contra la Sociedad Mercantil GRUPO EDITORIAL MATUL 1999 C.A. inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda en fecha 17 de febrero de 1.999, bajo el Nro. 25, Tomo 37-A Sgdo. En consecuencia, se ordena a la parte demandada a cancelar los conceptos señaladas en la parte motiva de la presente decisión, más los intereses de prestaciones sociales, intereses moratorios e indexación.-
Se ordena la cancelación de los intereses de .....