En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: COMPETENTE para entrar a conocer y decidir el recurso de apelación interpuesto por el abogado JUAN CARLOS ROJAS JAIME, actuando en su condición de co-apoderado judicial de la parte recurrente en la presente causa, ciudadano JORGE LUIS ROJAS JAIME, contra la decisión publicada en fecha 10 de octubre del año 2011 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Circuito del Trabajo del estado Portuguesa, con sede en Acarigua, con sede en Acarigua, por las razones expuestas en la motiva.
SEGUNDO: CON LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por el abogado JUAN CARLOS ROJAS JAIME, actuando en su condición de co-apoderado judicial de la parte recurrente en la presente causa, ciudadano JORGE LUIS ROJAS JAIME, contra la decisión pub.....