Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por el abogado FRANCISCO PUMAR, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro.- 83.730, en su carácter de co-apoderado judicial de la parte demandada-recurrente ciudadano ROQUE BERRIOS propietario del Restaurant EL GRAN ROQUE, contra el auto de fecha 09 de abril del año 2010, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa con sede en Guanare.
SEGUNDO: SE CONFIRMA, el auto de fecha 09 de abril del año 2010, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa.....