En este contexto, advierte este Juzgador la confluencia de los requisitos consagrados en el artículo 585 del Código de Procedimiento Civil, en el grado establecido en el artículo 244 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario; para el decreto línea recta desde epde la típica medida de Prohibición de Enajenar y Gravar, siendo en primer término, el fumus bonis juris, es decir, la apariencia del buen derecho que se deriva de la narrativa libelar y de las pruebas instrumentales aportadas, consistentes en los documentos públicos, inscritos en la Oficina de Registro Público Funciones Notariales del municipio Ospino Estado Portuguesa, protocolo 1º, segundo trimestre del año 1969, folios del 75 al 77, bajo el numero 37 en fecha 23/06/69. En segundo lugar el "periculum in mora"; consistente en la posibilidad de que el contenido del dispositivo de la sentencia pueda quedar disminuido, a causa del tiempo del proceso judicial, y de la disposición o afectación de los inmuebles sobre los que recae la.....