II
DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, esta Corte Superior de la Sección de Adolescentes con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra La Mujer del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: ADMISIBLE el Recurso de Apelación de Auto interpuesto por la Profesional del Derecho OSNERIS ARAUJO, Abogada en Ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 158.451, en su condición de Defensora del Acusado JORGE MENESES, en contra de la decisión Nº 1242-12 dictada con motivo de la Audiencia Preliminar, celebrada en fecha 19 de Julio de 2012, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Extensión Villa del Rosario, Municipio Rosario de Perijá.
En consecuencia, a partir del día hábil siguiente a la presente fecha, comienza a transcurrir el lapso de diez (10) días hábi.....