DECLARA:
E) Perimida La Instancia en la solicitud Cumplimiento de Sentencia por Obligación de Manutención, solicitada por los ciudadanos MAYERLING OQUENDO CUEVAS y VICTOR FUENMAYOR COLINA antes identificados.
F) Terminada la presente causa; en consecuencia, se ordena el archivo el expediente.
Publíquese, Regístrese y Notifíquese. Déjese copia certificada por Secretaría.
Dada, firmada y sellada en la Sala N° 4 del Despacho del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Maracaibo, a los día del mes de septiembre de 2009. 199º de la Independencia y 150º de la Federación
EL JUEZ UNIPERSONAL NO. 4
ABOG. MARLON BARRETO RIOS
LA SECRETARIA
ABOG. LORENA RINCON PINEDA
En la misma fecha, siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.), previo el anuncio de ley a las puertas del despacho, se dictó y publicó la anterior sentencia Interlocutoria bajo el No. 73.
Exp: 12151
MBR/mp.