Acto seguido, este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, procede a hacer la ENTREGA MATERIAL del inmueble, objeto de esta ejecución libre de personas y de bienes a la ciudadana ROSALIA SUTERA, ya identificada, representante de la SOCIEDAD MERCANTIL INVERSIONES NINA C.A., demandante de autos, quien manifestó recibir conforme el inmueble. Seguidamente, el ciudadano GUSTAVO MONCADA asistido de su abogado JOSE NIEVES, plenamente identificado, solicitan el derecho de palabra y, siéndole concedida exponen: hago consignación en este acto de las solvencias de agua y electricidad del local entregado, asimismo se hace el pago en este acto de la cantidad de Cuatro Mil Quinientos Bolívares ( Bs. 4.500,00) correspondiente a los cánones de arrendamiento de los meses julio, agosto y septiembre del presente año, a razón de Mil Quinientos Bolívares ( Bs. 1.500,00) por mes, en manos de la representante de la demandante, ciudad.....