Ante los razonamientos de hecho y de derecho aquí expuestos, este Juez Superior Accidental Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, declara: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Abogado JORGE ENRIQUE RODRIGUEZ ABAD, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 8.188.496, actuando en representación PRODUCTOS EN ARCILLAS LAUGER C.A. Se confirma la sentencia dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia Civil, Mercantil y del Transito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, de fecha 13-02-2012, mediante el cual HOMOLOGA el desistimiento de la acción y del procedimiento formulado por el ciudadano MIGUEL ÁNGEL TAMES BERNABÉ en representación de la EMPRESA MERCANTIL TAMES HERMANOS C.A., en el juicio de interdicto por despojo qu.....