este Juzgado del MUNICIPIO COLON Y FRANCISCO JAVIER PULGAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el Artículo 578 ejusdem, en concordancia con lo establecido en el Artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal, entra a resolver y en consecuencia DECRETA: PRIMERO: ADMITE la Acusación Fiscal, las pruebas a excepción del Informe médico legal presentado en este acto de Audiencia Preliminar, por considerar inoportuno el momento procesal, sin embargo el Tribunal acuerda que se agregue a las presentes actas, admitiéndose las restantes pruebas en todo su contenido presentada por la Fiscalía del Ministerio Público en el momento oportuno, en contra del imputado SE OMITE LA IDENTIDAD, por la comisión del delito de Lesiones Gravisimas, prevista y sancionada en el Artículo 417 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de la victima CARLOS ALBERTO NAVA FERRER. Asimismo se.....