DECLARA:
a) CON LUGAR la solicitud de Divorcio basada en el artículo 185-A del Código Civil, formulada por los ciudadanos NELSON EMIRO ANTONIO MARTINEZ FERRER Y JANETH COROMOTO TORRES DE MARTINEZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-6.833.412 y V-7.892.877 respectivamente.-
b) DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, que contrajeron por ante el Juzgado de los Municipios Mara, Almirante Padilla y Páez, circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 09 de mayo de 1984, según se evidencia del acta de matrimonio número 05, expedida por la mencionada autoridad.-
c) Con respecto al niño (se omiten los nombres de los niños, niñas y adolescentes por razones de confidencialidad), será compartida por ambos progenitores, este Tribunal establece: 1).- En cuanto a la PATRIA POTESTAD del niño y/o adolescente (se omiten los nombres de los niños, niñas y adolescentes por razones de confidencialidad), será compartida por ambos progenitores. 2).- En.....