El Tribunal, visto las anteriores exposiciones de las partes, deja constancia que el tablero de electricidad se encuentra ubicado en la acera, fuera del edificio, con pleno acceso al público; en consecuencia se encuentra cerrado con un candado, cuya llave es solicitada en este acto por el actor, y entregada en este mismo momento por el co apoderado de la parte demandada. Con todo lo anteriormente expuesto este Tribunal Primero Ejecutor de Medidas da por cumplido el Decreto de Medida Cautelar Innominada, quedando el demandante en pleno uso del local N° 03, con suministro de energía eléctrica y habiendo recibido la llave del contador eléctrico, tal cual lo ordenado en el Decreto emanado del Tribunal Comitente. El Tribunal habiendo cumplido la misión encomendada, da por terminado el acto y ordena el regreso a su sede natural, siendo las 3:00p.m. Terminó, se leyó y conformes firman. La Juez Primero Ejecutor de Medidas.- Abg. María Carolina Rojas Colmenares (Fdo) Legible.- Apoderado Actor......