éste tribunal en cumplimiento de su misión, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y, con la facultad conferida por el Tribunal Comitente, Declara: Secuestrado el inmueble consistente en una casa de habitación familiar, ubicada en la calle 3 Rivas con carrera 4 y 5, sector el Chorrito de Biscucuy Municipio Sucre estado Portuguesa, con los siguientes linderos: Norte: Con calle 3 Rivas, Este: Ocupación de Braulio Manzanilla, Sur: Ocupaciones de Tomasa Montilla, y Oeste: Ocupación de Teresa Montilla, y en éste mismo acto lo coloca a disposición del secuestratario ciudadano Sandy Martín Escalona, ya identificado, en su Condición de representante legal de la depositaria judicial Portuguesa C.A., quien estando presente expone:” Recibo conforme el inmueble secuestrado bajo las condiciones del acta levantada