Es de conformidad con los anteriores razonamientos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA LA SOLICITUD de la parte demandada de que se declare la perención de la instancia en la presente causa y HOMOLOGA el desistimiento de la ejecución del decreto intimatorio formulado por el demandante ISIDRO GONZÁLEZ. En consecuencia se suspende la medida de prohibición de enajenar y gravar y se deja sin efecto la medida de embargo ejecutivo decretada en la presente causa.