Por los anteriores razonamientos, este Tribunal Segundo Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de La Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda por Reconocimiento de Contenido y Firma de Documento Privado incoado por la ciudadana: YERMARY ROSA CHAVEZ, venezolana, soltero mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°17.617.177, de este domicilio, debidamente asistida por la Defensor Público: Ana Yelitza Salas Salas, según Designación mediante Resolución N° DDPG-2022-236 de fecha 25-05-2022, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°233.888, Contra los ciudadanos DANNY MANUEL CARVAJAL VALLADARES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°15.309.578, de este domicilio, actuando en representación de los ciudadanos: JUAN JOSE ROA SANCHEZ y KATHI YOLIMAR CHACON DE ROA, venezolanos.....