...AMPARO CONSTITUCIONAL , a favor del querellante RAMON GREGORIO GONZALEZ OLIVARES, permitiéndole permanecer en el local arrendado y también en el fondo de comercio arrendado hasta tanto sea ordenada la desocupación o desalojo o resolución de contrato por alguna autoridad competente del Poder Judicial o de la Administración Pública y prohibiendo a DOCTOR LICOR C.A., o a sus representantes realizar acto alguno para desocupar o desalojar el local arrendado y fondo de comercio sin el correspondiente procedimiento judicial o administrativo. Se declara IMPROCEDENTE la solicitud de que se prohibida a la parte querellada interrumpir el servicio de electricidad o de agua, por no estar demostrado su obligación contractual de suministrar estos servicios. Con respecto al coquerellado JESUS ROJAS MATA, se declara la solicitud de AMPARO SIN LUGAR, no obstante al haber afirmado JESUS ROJAS MATA, que prestaba su asesoría a DOCTOR LICOR C.A., la acción propuesta contra éste no es temeraria por lo q.....