Este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO PORTUGUESA, CON FUNCIONES DE CONTROL SECCIÓN ADOLESCENTES, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo establece los parámetros legales del artículo 561 literal ¿d¿ de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en concordancia con el artículo 318 ordinal 1 del Código Orgánico Procesal Penal, decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO y declara concluido el presente procedimiento seguido a la adolescente IDENTIDAD OMITIDA, identificado UT SUPRA, por los hechos ocurridos el 10 de Diciembre del 2003 en perjuicio de la ciudadana NIEVES MARIA GUEDEZ BRICEÑO. Por cuanto se pone fin al proceso se ordena notificar a las partes de la presente decisión.
En la ciudad de Guanare a los dieciocho días del mes de Febrero del año Dos Mil Cinco. Años 194° de la Independencia y 145° de la Federación.
La Juez de Control No 1
Dra. Julet Co.....