Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, condena a la parte demandada ciudadana DORA DEL CARMEN PARRA a pagar a la demandante la cantidad de DIECIOCHO MIL CIENTO CUARENTA Y TRES BOLIVARES CON SETENTA Y OCHO CENTIMOS (Bs. 18.143,78)
Se condena en costas a la parte demandada, por haber resultado totalmente vencida, tal y como lo establece el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.