DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio N° 2 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
Con fundamento en el primer aparte del artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal en relación con el artículo 37 del Código Penal, CONDENA al acusado ciudadano Rubén Darío Ramos García, venezolano, natural de Guanare estado Portuguesa, de 25 años de edad, nacido en fecha 08 de Enero de 1987, de profesión u oficio obrero, soltero, residenciado en el Barrio El Paseo, Colinas de Italven Parte Baja, casa S/Nº Guanare Estado Portuguesa, titular de la cédula de identidad Nº V-20.545.851, por haberse acogido al Procedimiento por Admisión de los Hechos por el delito de Robo Agravado en Grado de Complicidad, señala el artículo 458 del Código Penal .....