DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa en Funciones de Control N° 3, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta el SOBRESEIMIENTO de la presente causa, seguida en contra del ciudadano Jesús Neptalí Moreno, Venezolano, mayor de edad, nacido el 28-02-1962, casado, de profesión u oficio albañil, natural del Caserío La Cruz, Municipio Obispo, Estado Barinas, Titular de la Cédula de Identidad N° 9.267.796 y residenciado en la Urbanización Simón Bolívar, calle principal, a una cuadra de la Bodega ?Nano?, Guanare Estado Portuguesa, por la comisión del delito de Estafa Continuada, previsto y sancionado en el artículo 464, en concordancia con el artículo 99 del Código Penal, en perjuicio de las ciudadanas Esperanza Coromoto Valdez Márquez, Yoleida Josefina Rojas Balza y Juan Carlos Pérez Brett, de conformidad con el nu.....