Oídas las exposiciones de las partes, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal Sección adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; acuerda:
Primero: Revocar la medida de Privación de Libertad al sancionado Identidad omitida, y se le impone la medida de Libertad Asistida, por el tiempo que le falta por cumplir de cuatro (4) meses y siete (7) días, fecha probable que puede ser revisada, el sancionado queda obligado a recibir orientaciones psicológicas y seguimiento social 2) Se ordena notificar al Equipo Técnico Multidisciplinario de Responsabilidad Penal Adolescente, para realizar el seguimiento psicológico y seguimiento social, así mismo se acuerda notificar a la Casa de Formación Integral de Varones de Guanare. 3) El Adolescente sancionado Identidad omitida, queda a disposición del Tribunal de Juicio de Responsabilidad Penal del Adolescente, por lo que será traslada.....