-VIII-
DISPOSITIVA
En virtud de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Superior Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, con sede en la ciudad de Acarigua, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido en forma virtual el 6 de octubre de 2021 y de manera presencial el 11 de ese mismo mes y año, por el ciudadano JUAN GILBERTO OBERTO PARADA, en nombre propio y en representación de la empresa mercantil DISTRIBUIDORA DE LUBRICANTES LA 29, C.A., asistido por el abogado Carlos Cedeño Azocar, contra la sentencia definitiva dictada en fecha 28 de septiembre de 2.021, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en la cual declaró improcedente la intervención de tercero solicitada por el demandado y con lugar la demanda de .....