ACUERDO: PRIMERO: El padre STALIN JOSÉ ALZURU, conviene en fijar por concepto de obligación de manutención a favor de sus hijoside la cantidad de OCHOCIENTOS BOLÍVARES MENSUALES (Bs. 800,oo). SEGUNDO: En el mes de agosto de cada año, ambas partes convienen en que el padre además de los 800,oo Bs correspondientes al mes, adquirirá para sus hijos los uniformes escolares y la madre comprará los útiles escolares. TERCERO: En el mes de diciembre de cada año, ambas partes convienen en que el padre además de los 800,oo Bs correspondientes al mes, adquirirá para sus hijos ropa, calzado y presente navideño para el 24 y la madre comprará la ropa y calzado para el 31. CUARTO: Las cantidades acordadas por concepto de Obligación de Manutención, serán entregadas por el padre, directamente a la madre, en dinero en efectivo y de curso legal durante los primeros cinco (5) días de cada mes, debiendo la madre firmar los recibos correspondientes; entendiendo que para el presente mes de julio de 2012, d.....