Por las motivaciones que anteceden, este Tribunal 14° de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SU INCOMPETENCIA para conocer de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por la UNIVERSIDAD SANTA MARIA y la SOCIEDAD CIVIL UNIVERSIDAD SANTA MARIA contra la decisión del 22-06-17 emanada del JUZGADO 5° DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. SEGUNDO: No se condena en costas.