DISPOSITIVA:
Por lo antes expuesto este Tribunal de Ejecución Nº 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR; EL PEDIMENTO DE SALIDA TRANSITORIA, interpuesta por el ciudadano José Francisco Díaz Falcón, por cumplir con los extremos previstos en los artículos 62 y 63 de la Ley de Régimen Penitenciario, por lo que se acuerda dicha salida para que se efectué en las oportunidades que sea necesario su traslado hasta la sede Bancaria en los primeros días de cada mes; traslado que debe realizarse con la custodia de los funcionarios suficientes y debiendo reintegrar en forma inmediata al Centro de reclusión una vez concluida la diligencia.
Regístrese, notifíquese, déjese copia, Ofíciese lo conducente.
La Juez de Ejecución N° 1
Abg. Dulce María Duran Díaz
El Secretario
Abg. David Correa.
Seguidamente se cumplió. Conste
El Secretar.....