Por las razones y consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación de JULIO CÉSAR CASTELLANO PACHECO, contra la sentencia dictada por el Juzgado Primero del Municipio Páez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, el 25 de septiembre de 2009, SIN LUGAR la defensa de la reclamada MARÍA DEL CARMEN CHIAPPE DE SANTOS por falta de cualidad e interés activa del mismo reclamante, para intentar la reclamación, CON LUGAR la impugnación de la cuantía de la acción que hizo la representación judicial de la reclamada y fija esa cuantía en MIL SETECIENTOS CATORCE BOLÍVARES CON CINCUENTA CÉNTIMOS (Bs. 1.714,50).