PRIMERO: INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano ANGEL JOSÉ COLMENAREZ PEÑALOZA, en contra de la sociedad mercantil PDVSA PETRÓLEO, S.A., por la presunta violación de los artículos 87, 89 y 93 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; por estar incursa en las causales de inadmisibilidad previstas en los numerales 4° y 5° del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales. SEGUNDO: No se condena en costas a la parte presunta agraviada, ciudadano ANGEL JOSÉ COLMENAREZ PEÑALOZA, en virtud de la naturaleza de la presente decisión. TERCERO: Se ordena notificar a la Procuraduría General de la República de lo aquí decidido mediante oficio acompañado de copia certificada del presente fallo, de conformidad con lo establecido en el artículo 97 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, quedando excluido.....