DISPOSITIVA
En fuerza de las motivaciones precedentes, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley dicta los siguientes pronunciamientos: ABSUELVE a Dixon Antonio Solano Amaya, venezolano, mayor de edad, soltero, fecha de nacimiento 15 de diciembre de 1983, natural de Guanare estado Portuguesa, titular de la cédula de identidad Nº 15.905.000 y residenciada en el Barrio Cuatricentenario, calle José Félix Rivas, Guanare estado Portuguesa, por la comisión del delito de violencia sexual, previsto y sancionado en el artículo 43 de la Ley Orgánica de los Derechos de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la adolescente Se omite por razones de ley.
Por cuanto el acusado se encuentra sometido a medida judicial preventiva privativa de libertad se acuerda su cese inmediato de conformidad con lo establecid.....