DISPOSITIVO
Por los razonamientos expuestos, este Juzgado Décimo Cuarto (14°) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando como Tribunal Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por la ciudadana ROSA JULIO PEREZ LEDEZMA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. 13.320.969., contra la Sociedad Mercantil SEGURIDAD INTEGRAL BLAFEL, C.. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión.