Por los motivos expuestos este Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial del Estado Portuguesa Sección Adolescente en Funciones de Control Nº 1, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: cumplida la obligación acordada en la Audiencia de Conciliación por parte del imputado LUIS EDUARDO VILLAVICENCIO, identificado Ut Supra, en consecuencia decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, de la causa seguida en su contra, de conformidad con lo establecido en el artículo 568 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
En la ciudad de Guanare, a los Cinco (19) días del mes de Marzo del año 2010.-
EL JUEZ DE CONTROL NO 1.
ABG. JUAN SALVADOR PAEZ.
LA SECRETARIA,
ABG. DANIAL LEAL.