Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los abogados RAFAEL EDUARDO PERAZA y RAFAEL OMAR LINARES, en su carácter de Defensores Público y Privado, contra la sentencia publicada en fecha 10 de Marzo de 2009, por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO Nº 3 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO PORTUGUESA, GUANARE., mediante la cual condenó a los acusados PINEDA GUANDA MARCOS GUILLERMO, a cumplir la pena de trece (13) años y seis (06) meses de prisión; ANTONIO JOSÉ RODRÍGUEZ, BARAZARTE PASCUAL ANTONIO y GIL GARCÍA JOSÉ RAMÓN a cumplir la pena de diez (10) años de prisión, así como las accesorias de ley, por la participación y culpabilidad en el delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código .....